Los «mini-jobs» (mini-empleos) podrían pasar a ser una de
las nuevas categorías laborales incluidas en la reforma laboral. Esto ocurrirá
si Rajoy hace caso en todo a Europa ya que es una de las recomendaciones que el
Banco Central Europeo realizó a España el pasado agosto. Pero, ¿en qué consiste
este tipo de empleo?
Esta categoría laboral establece sueldos inferiores al
Salario Mínimo Interprofesional (641,40 euros en 2011). De este modo, la
remuneración mensual máxima ascendería a 400 euros, el empleado no pagaría
impuestos y abonaría las cotizaciones sociales de forma voluntaria.
La pensión que quedaría para un trabajador dentro de esta
categoría, en el caso de cobrar el máximo de 400, ascendería a menos de tres
euros por año trabajado. Para atajar este problema, existe la opción de añadir
el 4,5% de los ingresos a la cuota del 15% que paga el empresario al seguro de
pensiones.
La parte contratante abona el 2% a Hacienda y el 28% a la
Seguridad Social; el 15% al seguro de pensiones y el 13% al de enfermedad. La
deducción total asciende al 30% (120 euros).
Las personas bajo este régimen laboral tienen derecho a
vacaciones pagadas, bajas por maternidad y enfermedad y a los plazos de
despido.
Este tipo de contratos están vigentes en Alemania y fueron
regulados a partir de 2003 para propiciar un mercado laboral flexible. En
tierras germanas no se consideran mini-empleos los períodos de formación
profesional aunque la remuneración no supere esa cifra.
OPINIÓN:
En la actualidad, las cosas han cambiado; ahora los jóvenes tardan
mas que antes en emanciparse por falta de recursos. Ante esta situación de
incertidumbre y duda a lanzarse a la aventura muchos optan por aceptar trabajos
con un bajo sueldo conocidos como “mini-jobs” que les da para sus gastos y mientras
viven en el hogar de los padres.
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